Después del anuncio Emergencia sanitaria por «gripe aviar»Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) prohibió la celebración de exposiciones o ferias en todo el estado y también venta y distribucion de aves vivas en diversos establecimientos como tiendas de piensos o veterinarias. El estado de emergencia fue declarado por el gobierno nacional de turno jueves, 16 de febrero y este reglamento faculta al Senas para tomar acciones y medidas técnico-administrativas extraordinarias.
La influenza aviar altamente patógena (IAAP) es una enfermedad con un gran impacto en la biodiversidad y producción avícola Se transmite por un virus que afecta a aves silvestres y aves de corral como patos, pavos y pollos. No.Nunca antes se había informado en Argentina.por eso Senasa informó el hallazgo de las primeras infecciones en aves ante la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA ex OIE), aunque según sus estándares, Argentina aún mantiene su condición Países sin IAAP. Hasta el momento se han registrado 98 notificaciones de posibles contagios en el Senasa, de los cuales se han detectado casos positivos en Jujuy, Salta, Córdoba y Santa Fé.
La enfermedad ha sido detectada en al menos 16 países de las Américas, con los casos más recientes reportados en Argentina, Bolivia y Uruguay. La enfermedad afecta a las aves, pero no se ha detectado una transmisión sostenida del virus de persona a persona. Investigaciones epidemiológicas realizadas en las citadas jurisdicciones han identificado hasta el momento a 14 personas expuestas al virus, 11 adultos y 3 menores de edad que estuvieron en contacto con aves infectadas, pero ninguna de ellas presentó síntomas de la enfermedad, según el Senasa.
La autoridad ordenó este jueves medidas extraordinarias prohibir “la celebración de ferias, eventos o actividades recreativas incluyendo la concentración y movimiento de aves domésticas, ornamentales y silvestres por cualquier razón y propósito” en el territorio del estado. También está prohibido distribución o venta de aves vivas en piensos, agrícolas o veterinarios» y determina «restricciones a la circulación de aves de traspatio, ornamentales y deportivas». El reglamento también establecía que en ausencia de documentación médica confiscación inmediata, y estableció otras medidas extraordinarias para permitir el ingreso de genética de aves al país y su traslado al territorio, independientemente del estado sanitario del país exportador.