El gobierno denunció que la empresa tecnológica china Huawei ha violado con trámites de declaración y pago de impuestos para la importación de ferretería a su filial Argentina. La maniobra fue generada por un daño a la tesorería del estado por 28 Quedan millones de dólares en impuestos para entrar. El área de empresas vinculadas a la aduana está determinada por un bien 407 millones de pesos.
Huawei ha importado una instalación de desarrollo de tecnología en Argentina a su empresa matriz en China. Estos dispositivos forman parte de contratos globales llamados «sistemas», con especificaciones técnicas que hacen inseparables el hardware, el software y los derechos de licencia porque son parte integral de los requisitos de compra. Esto significa que el equipo de hardware no se puede comprar sin comprar el software y sin revocar los derechos de licencia de la empresa matriz extranjera.
En este sentido, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), del cual el país es parte mediante la adopción de las Leyes 23.311 y 24.425, que establece que cuando el importador deba pagar, además del precio convenido por las mercancías, una cantidad de dinero adicional denominado «canon, tasa de licencia o simplemente regalías» como compensación por el derecho de uso de la creación intelectual de esa otra parte, incluyendo esta cantidad monetaria el valor para efectos aduaneros.
para las costumbres, la empresa de tecnología tenía pleno conocimiento de los derechos de licencia que estaba obligada a pagar la importación de las mercancías desde la firma de los contratos correspondientes. Además, conocía la existencia y la obligación anterior, negó dicha circunstancia en los formularios de «Declaración de Valor en Aduana» y manifestó únicamente el valor de los equipos sin incluir en la base imponible aduanera el valor del software y las licencias. .
En ese sentido, las autoridades aduaneras interpusieron denuncias administrativas contra la declaración inexacta de la empresa, que le causó perjuicio fiscal, en los términos del artículo 954 del fraccionamiento y del código aduanero, y reclama una diferencia de impuestos de 28 millones de dólares y le aplicó una sanción de 407 millones de pesos.
Según explicó la administración aduanera, ya existen precedentes de la aduana en esta materia Suprema Corte. En el caso Ford Argentina c. Dirección General de Aduanas, en una decisión de mayo de 2013, reforzó la idea de que «estas transacciones con alguien relacionado con el vendedor indican, salvo prueba en contrario, que la venta de bienes está implícitamente condicionada a el pago de regalías, con la responsabilidad del comprador de probar que puede obtenerlas de proveedores independientes».