La devolución del 10 por ciento de las compras de las carnicerías pagadas con tarjeta de débito comenzará mañana y se extenderá hasta fin de año como parte del programa Precio Justo de la Carne lanzado por el Gobierno Nacional. La medida también incluye un aplazamiento de 90 días del pago de las obligaciones tributarias por parte de los carniceros que se registren para participar en el programa.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó esta medida mediante la Resolución General 5330/2023 para los consumidores finales que realicen compras en carnicerías con tarjeta de débito, prepago o similar vinculada a cuentas abiertas en entidades financieras o fintech. El beneficio consiste en la devolución del 10% del monto de la operación realizada en establecimientos comerciales de carne vacuna con un límite de devolución de hasta $2,000 mensuales. Se aplicará a las transacciones realizadas a través de terminales de pago, así como a través de códigos QR.

Las entidades financieras deberán acreditar las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de realizada la transacción y la cifra deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes para los que la entidad haya creado un nuevo Registro de Carnicerías. tengan la categoría de administrador registrado o sean monotributistas con no más de tres empleados declarados quedarán automáticamente incluidos en el régimen de pago, precisó la AFIP. En tanto, los demás contribuyentes deberán registrarse de conformidad con la normativa a través del sistema de registro en la página web de la dependencia.

Allí deberán seleccionar la opción Entradas Especiales, luego Características y Entradas Especiales y seleccionar la descripción Carnicerías Minoristas – Modalidad de pago. Al mismo tiempo, y como parte del programa integral de apoyo a la producción y consumo de carne bovina anunciado por el gobierno a mediados de febrero, la norma otorga a los empresarios inscritos en el régimen un atraso de tres meses para pagar el IVA o el componente tributario del monotributo. en los casos en que se siga el régimen simplificado.