Con las aún calientes cifras negativas del resultado fiscal del sector público del primer semestre del año se Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) disponiéndose que el grupo de grandes empresas que tuvo beneficios extraordinarios en 2022 debe anticipo del 15 por ciento del impuesto sobre la renta. Aplica para empresas que reportaron un resultado gravable -sin aplicar la deducción de pérdidas fiscales de años anteriores- igual o superior a 600 millones de pesos y que no determinaron el impuesto.
“El pago a cuenta se otorga a las empresas que hayan obtenido ingresos extraordinarios por la comercialización de determinados productos y servicios, en el marco de un crecimiento económico consolidado en 2022. El objeto de la norma es profundizar los controles sobre los sectores con mayor capacidad de contribución para reducir los impactos negativos en los grupos de población más vulnerables”, dijo la organización que dirige Carlos Castagnet.
Será para las empresas que reportaron un resultado gravable superior a 600 millones de pesos sin aplicar la deducción de pérdidas fiscales de años anteriores y que no hayan determinado el impuesto. El importe del abono a la cuenta se determinará aplicando el 15 por ciento al resultado fiscal. La medida sólo logrará 190 colaboradores, menos del 1 por ciento del número total de personas jurídicas que presentan una declaración de impuestos honesta. La obligación puede cancelarse en tres cuotas. De este modo El estado comenzará a aceptar desde agosto de este año hasta febrero. z la siguiente parte del pago, que las empresas deberán realizar a mediados de 2024.
Entre los puntos de justificación de la resolución 5391/2023 publicada este viernes por la AFIP se encuentra “la circunstancia de que las empresas grandes y con resultados positivos no pagan impuesto a la renta”. La autoridad recaudadora insiste en que “es una situación que merece la atención de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en cuya materia se ha elaborado una normativa específica para abordar el problema, dentro de un marco amplio encaminado a reformar el sistema tributario internacional”.
Las entidades afectadas deberán tener en cuenta la declaración jurada del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, en caso de que el cierre del ejercicio sea entre agosto y diciembre de 2022, ambos inclusive. Para los contribuyentes cuyos cierres de ejercicio se hayan producido entre los meses de enero y julio de 2023 inclusive, deberán tener en cuenta la declaración honesta del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
El pago a cuenta será acreditable en el ejercicio fiscal siguiente al que se haya considerado como base de cálculo. Para sociedades con cierre de ejercicio entre agosto y diciembre de 2022, corresponderá el ejercicio fiscal 2023. Para sociedades con cierre de ejercicio que opere entre los meses de enero y julio de 2023, se computará el ejercicio fiscal 2024. Se excluyen las personas jurídicas que cuenten con certificado de exención del impuesto sobre la renta.
Él nuevo calendario de vencimientos Varía según la fecha de cierre del ejercicio económico de la empresa. Para aquellos cuyo ejercicio cerró entre agosto y diciembre, la primera cuota vencerá el 22 de agosto; el segundo en septiembre; y el último en octubre. Si el cierre es entre enero y mayo de este año, las cuotas serán entre el 22 de diciembre y febrero del próximo año. En cambio, si el ejercicio económico terminó el pasado mes de junio, se pagará el 22 de enero. Finalmente, si el cierre ocurre este mes, la fecha de vencimiento será el 22 de febrero.
Yippee segunda vez que la AFIP mide este estilo. En agosto del año pasado, cuando Sergio Massa inauguró la presidencia en el quinto piso del Ministerio de Economía, instó a que unas 2.000 grandes empresas adelantaran -en ese momento en total- los impuestos que correspondían a mediados de 2023. Con el Congreso trabajando poco o nada, y la imposibilidad total de votar por una nueva solidaridad a propósito de los grandes ingresos que se dieron y produjeron a base de los partidos involucrados, y que el gobierno por un partido permanente que está en base a la prensa, y lo que pasó es que el gobierno es para las presiones que se desarrollan, y que ocurrieron por encima de que ocurrieron por encima de que ocurrieron por encima de que ocurrieron por encima de que ocurrieron por las presiones de ingresos de sustento.
La reacción de la oposición no se hizo esperar. El exministro de Hacienda de la nación bajo Mauricio Macri, Hernán Lacunza, calificó las medidas como «parche corto» gobierno para lograr PASO.